¿Es legal vender comida hecha en casa?

¿Es legal vender comida hecha en casa?

¿Es legal vender comida hecha en casa? Requisitos, normativa y la importancia del mobiliario profesional

En los últimos años, muchos emprendedores se han preguntado: ¿es legal vender comida hecha en casa? La respuesta es sí, pero con matices. La cocina doméstica se ha convertido en una pequeña industria para quienes cocinan bien y quieren convertir su talento en negocio, pero también en un terreno donde la normativa sanitaria y el equipamiento profesional juegan un papel crucial. En 2025, más que nunca, preparar alimentos en casa para venderlos requiere algo más que buena mano con la sartén: exige profesionalidad, higiene y, sobre todo, cumplir la ley.

Un sueño que necesita base legal y acero inoxidable

Vender comida desde casa no es solo una cuestión de sabor, sino de seguridad alimentaria. El Real Decreto 1021/2022 establece los requisitos que toda persona debe cumplir para elaborar alimentos en viviendas particulares. Esta normativa define cómo deben ser las instalaciones, los procesos de higiene y la trazabilidad de los productos.

En este punto entra en juego un aspecto que muchos emprendedores pasan por alto: el mobiliario de hostelería de acero inoxidable. Las superficies en acero son fundamentales para garantizar la limpieza, evitar contaminaciones cruzadas y cumplir con los controles de las autoridades sanitarias. No hablamos solo de estética o durabilidad: hablamos de cumplir la ley.

Y si hablamos de equipamiento, no puede faltar una buena campana extractora industrial mural con motor, capaz de mantener la cocina libre de humos, grasa y partículas que comprometan la higiene. Sin ella, la manipulación de alimentos se convierte en un riesgo y la autorización sanitaria podría denegarse.

Normativa vigente: Real Decreto 1021/2022 y obligaciones básicas

Según la normativa española, sí es legal vender comida hecha en casa, pero solo si se cumplen requisitos específicos. El Real Decreto 1021/2022 establece que la venta puede hacerse únicamente de forma directa al consumidor final, dentro de un ámbito geográfico limitado —la unidad sanitaria local o distrito de salud— y siempre garantizando condiciones de higiene equivalentes a las de una cocina profesional.

Esto significa que no se puede enviar comida fuera de esa zona, ni vender a bares, colegios o colectividades sin autorización expresa. Además, la cocina doméstica debe contar con zonas separadas para uso familiar y para la elaboración de los productos en venta. Esa separación puede ser física o temporal, pero siempre con un control riguroso del proceso.

Por ello, los profesionales recomiendan adaptar la cocina con mobiliario resistente y fácil de desinfectar. El acero inoxidable no solo cumple con la normativa higiénico-sanitaria europea, sino que garantiza durabilidad, resistencia al calor y una limpieza sin residuos.

El acero inoxidable: la clave para pasar las inspecciones

Uno de los aspectos más vigilados en las inspecciones es la higiene de las superficies de trabajo. Los inspectores revisan que las zonas de manipulación sean lisas, sin juntas ni recovecos donde puedan acumularse bacterias. En este sentido, los muebles, mesas y campanas de acero inoxidable son la mejor inversión: cumplen los requisitos del Reglamento (CE) 852/2004 y facilitan el mantenimiento diario.

De hecho, los profesionales de la hostelería saben que sin una campana industrial cocina adecuada, la grasa en suspensión puede contaminar los alimentos y crear un ambiente insalubre. Por eso, incluso en cocinas domésticas que quieren operar de manera legal, estos elementos son imprescindibles.

Requisitos sanitarios y administrativos esenciales

Para poder operar legalmente desde casa, el emprendedor debe cumplir con varios pasos:

  • Inscripción autonómica: cada comunidad autónoma exige una declaración responsable ante la autoridad sanitaria. En ella se detallan los productos, el horario de actividad y el plano de la vivienda.
  • Formación en manipulación de alimentos: disponer del certificado de manipulador es obligatorio.
  • Separación de zonas: los utensilios domésticos no deben mezclarse con los de la producción alimentaria.
  • Etiquetado correcto: cada producto debe indicar “Elaborado en vivienda particular” y la fecha de elaboración.
  • Límite de producción: el máximo permitido es de 100 kg semanales.

Estos detalles parecen burocracia, pero son los que marcan la diferencia entre una actividad artesanal legal y una ilegal. Además, contar con mobiliario profesional ayuda a justificar ante Sanidad que el espacio reúne las condiciones adecuadas.

Fiscalidad y legalidad: darse de alta como autónomo

No basta con cocinar bien: si se va a vender comida de manera habitual y con ánimo de lucro, es obligatorio darse de alta como autónomo y registrar la actividad en Hacienda. Aunque algunas personas intentan justificar la “ocasionalidad” para evitar el alta, lo cierto es que la promoción constante en redes o la venta recurrente son indicios de habitualidad.

Por tanto, conviene regularizar la situación desde el principio: modelo 036 o 037 en Hacienda, alta en el RETA, elección del epígrafe correspondiente (“Elaboración y venta de comidas preparadas”) y contratación de un seguro de responsabilidad civil. Solo así se evitan sanciones administrativas o fiscales.

Infraestructura mínima: la cocina profesional en casa

Para cumplir con la normativa, la cocina doméstica debe funcionar como una pequeña cocina profesional. Esto implica disponer de zonas diferenciadas de trabajo, limpieza, almacenamiento y cocción. Además, es recomendable contar con equipos homologados: mesas frías, armarios de acero, extractores y sistemas de ventilación profesional.

El acero inoxidable no es solo un material; es una garantía. Permite trabajar con seguridad, higienizar de forma rápida y mantener un entorno libre de contaminación. Y si alguien se pregunta es legal vender comida hecha en casa, la respuesta está en la profesionalidad del entorno. Una cocina adaptada con mobiliario adecuado y sistemas de ventilación industrial cumple las exigencias de la ley y evita problemas futuros.

Venta y canales permitidos

El Real Decreto 1021/2022 autoriza la venta directa al consumidor dentro de la misma unidad sanitaria. Esto puede hacerse en mercadillos, ferias o mediante reparto a domicilio. También se permite la venta online, pero solo si el cliente está en la misma zona geográfica. La publicidad en redes sociales —como Instagram o WhatsApp— es posible, siempre que se cumplan los requisitos de etiquetado y registro.

Por tanto, si vas a vender tus productos en redes, asegúrate de incluir toda la información obligatoria y conservar registro de tus ventas. Las autoridades sanitarias pueden requerir documentación en cualquier momento.

Qué productos se pueden vender y cuáles no

La normativa permite vender productos con tratamiento térmico suficiente: guisos, empanadas, croquetas, platos de horno, mermeladas y conservas con pH inferior a 4,5. Sin embargo, están prohibidos los alimentos que no se sometan a cocción (como ensaladas o bocadillos) y la congelación de productos sin autorización expresa.

Así que, se trata de elaborar con seguridad, no de improvisar. La trazabilidad, el etiquetado y la conservación de los alimentos deben cumplir los estándares europeos de higiene.

Profesionalidad en casa y seguridad en el plato

Vender comida hecha en casa puede ser una oportunidad real para emprender con poco presupuesto, pero solo si se hace de forma profesional. Cumplir con la normativa sanitaria, contar con mobiliario de hostelería de acero inoxidable y equipar la cocina con elementos homologados son pasos imprescindibles para garantizar la seguridad alimentaria.

Porque más allá del sabor, el verdadero éxito de un negocio gastronómico —aunque nazca en casa— está en la confianza que transmite. Y la confianza empieza por la limpieza, el orden y el cumplimiento de la ley. En definitiva, vender comida casera es legal, sí, pero solo cuando la cocina doméstica se comporta como una auténtica cocina profesional.